19 de Abril de 2024
Estatal

Pide Cuauhtémoc Pola garantizar derechos de funcionaria municipal

Ante la Diputación Permanente, el legislador solicitó que se salvaguarde y garantice la integridad física y el pleno ejercicio de los derechos civiles de la regidora quinta, quien se dice objeto de amenazas, actos intimidatorios, hostigamiento, agresiones físicas y verbales por parte de algunos integrantes del cabildo.
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La regidora Fátima Ramos Martínez, del Ayuntamiento de Papantla, se dice objeto de amenazas, actos intimidatorios, hostigamiento, agresiones físicas y verbales por algunos integrantes del cabildo

| | 22 Oct 2014

A través de un punto de acuerdo, el diputado Cuauhtémoc Pola Estrada presentó ante la Diputación Permanente la solicitud de la regidora Fátima Ramos Martínez, del Ayuntamiento de Papantla, para que el Congreso del Estado intervenga y se garanticen los derechos de la funcionaria.

Ante la Diputación Permanente, el legislador solicitó que se salvaguarde y garantice la integridad física y el pleno ejercicio de los derechos civiles de la regidora quinta, quien se dice objeto de amenazas, actos intimidatorios, hostigamiento, agresiones físicas y verbales por parte de algunos integrantes del cabildo.

Admitió que, si bien es normal que en un ayuntamiento donde convergen distintas fuerzas políticas existan diferencias de opiniones, éstas deben manifestarse con respeto y no afectar el desarrollo normal de la prestación de los servicios.

Por esa razón, el legislador solicitó la intervención de la LXIII Legislatura para garantizar que la funcionaria ejerza libremente su responsabilidad y externe su acuerdo o desacuerdo respecto a los temas que se someten a consideración en el cabildo.

Con base a la Ley Orgánica del municipio libre, el cabildo es la forma de reunión del Ayuntamiento donde se resuelven de manera colegiada los asuntos relativos al ejercicio de sus atribuciones de gobierno, políticas y administrativas.

Sus sesiones serán ordinarias, extraordinarias o solemnes, según el caso, se efectuarán en el recinto municipal y podrán adoptar la modalidad de públicas o secretas, en los términos que disponga la ley.

De lo que se desprende –añadió el legislador– que el acuerdo o desacuerdo de opiniones de sus integrantes no debe derivar en que los asuntos tratados sean llevando a la esfera personal y tomen tintes distintos de los manifestados en las sesiones de cabildo.