28 de Marzo de 2024
Estatal

Desafora el Congreso del Estado al Presidente Municipal de Medellín de Bravo

En sesión privada, el pleno legislativo aprobó la Declaración de Procedencia, desafuero y separación del cargo de Cruz Reyes.
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*Omar Cruz Reyes enfrentará la acusación por su presunta responsabilidad en el homicidio del periodista Moisés Sánchez Cerezo

| | 26 Mar 2015

El Pleno de la LXIII Legislatura del Estado aprobó la Declaración de Procedencia, desafuero y separación del cargo del presidente municipal de Medellín de Bravo, Omar Cruz Reyes, quien afrontará ante las autoridades judiciales la acusación del Fiscal General del Estado, como presunto responsable del homicidio del periodista Moisés Sánchez Cerezo.

Erigido en Jurado de Procedencia, el Pleno determinó retirar el fuero a Cruz Reyes, quien únicamente se reintegraría como Presidente Municipal si resulta absuelto. Al terminar la licencia que obtuvo, por 59 días, su suplente, Luis Gerardo Pérez Pérez, asumirá el cargo.

Durante una sesión privada, como lo prevé el artículo 85 fracción VIII del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado, se registraron 35 votos a favor y 13 en contra, de la bancada del Partido Acción Nacional y los diputados del Partido del Trabajo, Movimiento Ciudadano y uno del Partido de la Revolución Democrática.

De acuerdo con el Dictamen firmado por los diputados Juan Manuel Velázquez Yunes y Raúl Zarrabal Ferat, presidente y vocal de la Comisión Permanente Instructora, respectivamente, se cumplieron todos los trámites legislativos relativos al pedimento de Juicio Político y Declaración de Procedencia en contra de Omar Cruz Reyes.

En su voto particular, el secretario de la Comisión, diputado Édgar Hugo Fernández Bernal, reconoció el trabajo de sus compañeros, “porque desde un principio nos apegamos al procedimiento aplicable”, pero dio su voto en contra, al considerar insuficientes los elementos aportados.

Los diputados concluyeron que de acuerdo con la investigación ministerial (01E/2015), entregada como prueba por la Fiscalía, hay elementos para presumir responsabilidad del Edil, sin que la Comisión prejuzgue, ya que eso corresponde probarlo a una autoridad ministerial, ante un Juez competente.

El procedimiento administrativo inició el 11 de febrero 2015 y se emplazó al denunciado. Un mes después se realizó la Audiencia de Pruebas y Alegatos, en la que se otorgó a cada una de las partes el uso de la voz.