28 de Marzo de 2024
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MARES Y OCEANOS (I)

26 Nov 2017 / *Dentro del cúmulo de asignaturas encomendadas a la OMI, se encuentran las recientemente aprobadas que incluyen reformas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), así como al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78), con las instancias marítimas con sede en Londres, Reino Unido

La Organización Marítima Internacional (OMI o IMO por sus siglas en inglés), es una agencia especializada de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), que tiene la responsabilidad de establecer la reglamentación del transporte marítimo internacional. Con sus oficinas localizadas en Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña, cuenta en la actualidad con 172 Estados Miembros y tres Miembros Asociados.

El propósito fundamental de la OMI es poder establecer y regular un marco normativo de referencia para el transporte de carga marítima o de la seguridad de la vida humana, que incluye su seguridad, el cuidado del medio ambiente marítimo, la cooperación técnica, de seguros y la eficiencia de los medios de transportación marítima. Esta organización opera y es gobernada y financiada por una asamblea de miembros, que inclusive acepta organizaciones no gubernamentales como asesores, a través de cinco comités, de Seguridad Marítima, Jurídico, Protección del Medio Marino, Cooperación Técnica y de Facilitación, más otras instancias administrativas que la organización juzgue necesarias para su operación.

La Asamblea debe aprobar las reglas y directrices que recomendará a sus Estados Miembros, relativas a la Seguridad de los Mares, la Prevención de Accidentes y la Prevención y Contención de la Contaminación de Mares y Océanos, ocasionada por la navegación marítima en el medio marino, ya sea por asignación, por la normatividad consensuada internacionalmente, o por enmiendas a las reglas o directrices convenidas con la OMI.

Con respecto a las economías menos desarrolladas, la OMI puede tomar las medidas que estime apropiadas para fomentar la cooperación técnica, tomando en cuenta el respeto y las necesidades de estas economías. También puede emitir las convocatorias que considere necesarias para mejorar los procedimientos internacionales, o preparados por los comités seleccionados, aprobando los convenios idóneos para habilitar la convivencia marítima de los Estados Miembros.

Dentro del cúmulo de asignaturas encomendadas a la OMI, se encuentran las recientemente aprobadas que incluyen reformas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), así como al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78), con las instancias marítimas con sede en Londres, Reino Unido.

Comentarios: [email protected] (*) Maestro en Ciencias y Doctor en Economía por la London School of Economics and Political Science, de la Universidad de Brunel y la Universidad de Londres, Inglaterra.

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