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*A las 5 de la mañana y con una aprobación de 296 votos a favor, 165 en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputados avaló la reforma fiscal que ahora será enviada al Senado
Agencias . | Ciudad de México | 18 Oct 2013
A las 5 de la mañana y con una aprobación de 296 votos a favor, 165 en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputados avaló la reforma fiscal que ahora será enviada al Senado.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el Dictamen de la Reforma Hacendaria por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley del IVA, IEPS, ISR.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Se elimina gravamen a:
El arrendamiento de casa habitación.
A los intereses por créditos hipotecarios para a adquisición, reparación o construcción de casa habitación.
La enajenación de inmuebles destinados a casa habitación.
La prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.
Se mantiene la exención al transporte público terrestre en áreas urbanas.
Se elimina la tasa 0% en la enajenación de oro, como piezas de joyeria en general y lingotes.
Nuevos gravámenes a:
La venta del chicle, alimento para mascotas, así como de las mismas mascotas, se gravarán a la tasa general.
Homologación de la tasa general del IVA de 16% para la zona fronteriza.
Impuesto a los bienes internados bajo regimenes aduaneros de importación temporal.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
Tasa del 5% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica.
(dulces, gelatinas, chocolates, flanes y pudines, cremas de cacahuate o avellana, dulces de leche, alimentos preparados a base de leche, los helados, nieves y paletas de hielo)
Un peso por cada litro a las bebidas saborizadas, los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidos.
Para los combustibles fósiles se acordó mantenerlo conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
Impuesto a los bienes internados bajo regimenes aduaneros de importación temporal.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Tributarán a una tasa de 31% las personas físicas con ingresos mayores de 500,000 pesos.
Tasa de 32% a los ingresos superiores a 750,000 pesos.
Tasa de 34% a los que obtengan ingresos por encima de 1,000,000 de pesos anuales.
Tasa máxima de 35% a los que perciban ingresos superiores a 3,000,000 de pesos.
Gravamen de 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores.
El régimen de incorporación fiscal contempla a contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta 2,000,000 de pesos.
La exención impositiva a casa habitación se aplicará hasta montos de 700,000 UDIS.
Se permite deducción del importe de arrendamiento de autos a personas físicas y morales con actividad empresarial.
Se propone elimimnar el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
Eliminación de la deducibilidad de consumos en restaurantes.
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