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*En la lista de las empresas a las que se les negó el amparo se encuentran Gas león, el Molino de Dos Ríos, Alimentaria San Carlos, Paje de Tehuacán, Ram Cab Empresarios y Plus del Golfo
| Ciudad de México | 01 Feb 2011
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), negó los primeros seis amparos promovidos por distintas empresas particulares, contra el Impuesto a los depósitos en Efectivo (IDE), por falta de pruebas suficientes para demostrar efectos negativos.
Al término de la sesión del pleno, 10 de los ministros votaron en contra y sólo uno a favor.
En la lista de las empresas a las que se les negó el amparo se encuentran Gas león, el Molino de Dos Ríos, Alimentaria San Carlos, Paje de Tehuacán, Ram Cab Empresarios y Plus del Golfo.
De acuerdo con la resolución de los ministros, haber presentado fotocopias de los recibos bancarios no se pueden considerar pruebas válidas para demostrar que se les retuvo el impuesto del IDE, que entró en vigor desde el 2008.
Será hasta mañana jueves, cuando la Corte continúe la discusión de otros casos de impugnación del IDE, que suman más de dos mil.
Pero, para ello, los ministros advirtieron que los inconformes deberán de presentar documento oficiales probatorios, en este caso copias certificadas.
Desde ayer la ministra Margarita Luna Ramos, quien fue la única que voto a favor de otorgar los amparos, advirtió que continuará votando a favor de los amparos, ya que el IDE es completamente inconstitucional y se viene aplicando de manera desigual.
El Impuesto a los Depósitos en Efectivo en 2008 (su año de arranque), recaudó 17 mil 700 millones de pesos, cuando establecía una tasa del 2 por ciento a los depósitos de 25 mil pesos.
Sin embargo subió en 2010 a 3 por ciento a los depósitos que superaron esa cantidad.
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