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*Para presentar la declaración anual, considera que el SAT te compartió la responsabilidad de monitorear que tus recibos de nómina se hayan emitido correctamente
| | 15 Mar 2018
Si eres asalariado y presentarás en abril la declaración anual, considera que el SAT te compartió la responsabilidad de monitorear que todos tus recibos de nómina se hayan emitido correctamente.
Este año, el patrón no te dará la hoja de retención de impuestos anual del periodo 2017, por lo que tú deberás revisar las facturas electrónicas (CFDI) de nómina que el empleador te debió haber emitido durante el año y que deben estar cargadas en el portal del SAT.
De otra forma, no podrás presentar tu declaración ni recibir devolución alguna por las deducciones que hagas.
En caso de que tengas faltantes, deberás pedirle a tu empresa que emita todas las facturas de 2017 con el monto exacto de tu ingreso y las deducciones hechas.
De no coincidir estos montos, o si te falta algún comprobante de nómina electrónico, deberás pedir a tu patrón que emita de nuevo la factura, puede hacerlo este año, pero especificando el mes de 2017 al que se refiere tal emisión.
Asimismo, debes revisar que cada factura que te haya enviado tu empleador corresponda con las que el SAT tiene en su sistema, es decir, que además de los datos de ingreso y retención, coincida el número de folio.
Para verificarlas, en la página de Internet del SAT, ve a la sección “Trámites” y selecciona “Factura Electrónica”. Entra a “Consultar, cancelar y recuperar” e ingresa con tu RFC y Contraseña o tu Firma Electrónica Avanzada (e-firma).
Selecciona la opción “Consultar facturas recibidas” y revisa cada una por Fecha de Emisión (mes y año: 2017) o por RFC Emisor.
Los datos marcados con asterisco son obligatorios. Da Clic en ‘Buscar CFDI’. El sistema suele funcionar mejor en Internet Explorer.
También deberás revisar que las facturas de nómina emitidas a partir de abril del año pasado se hayan hecho con la nueva versión 1.2, pues sólo de enero a marzo de 2017, la versión de los comprobantes de nómina fue la 1.1.
En caso que tu empleador no haya cambiado de versión, deberás pedirle que te emita las facturas correspondientes para poder presentar tu declaración anual.
Luis Alberto Placencia, subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, dijo en entrevista que la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) cuenta con un protocolo en el servicio de ‘Quejas’ para requerir al patrón los comprobantes que no se emitieron, que no se actualizaron a la versión 1.2 o para pedir el cambio de las cantidades como ingresos o deducciones que estuvieran incorrectas.
Contribuyente, recuerda y verifica que:
En máximo 15 días, se debe recibir respuesta del empleador.
Personas físicas deben presentar su declaración del 1 al 30 de abril.
Firma electrónica y contraseña se cambian cada 4 años. Prodecon te ayuda.
Cuenta de banco y Clabe interbancaria vigentes para recibir saldo a favor.
Para saldos a favor por arriba de 10 mil pesos se usa la e-firma; si es menor, basta con la contraseña.
Deduce gastos médicos, dentales, funerales, primas de seguro, colegiatura, intereses reales de hipoteca, nutriólogo y psicólogo por 4 salarios mínimos anuales o 10% de tu ingreso (el menor).
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