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Diputado Presidente de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Jorge E. Dávila Flores.
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“Se prohibirá condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas pendientes del ciclo escolar, preponderando el derecho a la educación de los educandos frente al interés comercial de los proveedores de servicios”, aseguró el legislador federal
| | 19 Dic 2017
Con las recientes reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, los prestadores de servicios educativos privados quedarán impedidos para condicionar la instrucción escolar al pago de colegiaturas y otros servicios, afirmó el presidente de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Jorge E. Dávila Flores.
Luego de que el Pleno de la cámara baja aprobó el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la citada ley, con el propósito de regular adecuadamente los servicios educativos privados, el priista señaló que esta modificación brinda seguridad educativa a quienes reciben educación por parte del sector privado.
El legislador coahuilense señaló que si bien es cierto que en términos del artículo Tercero constitucional, “los particulares pueden impartir educación en todos sus tipos y grados, sujetándose a las disposiciones de la Ley General de Educación, dicha Ley no contiene en sus dispositivos legales lo relativo a su comercialización”.
Explicó que “los servicios educativos particulares son prestados a los educandos a cambio de una contraprestación económica que muchas veces no es proporcional a la calidad y naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos académicos de los colegios privados”.
Con esta reforma legal, subrayó, “se prohibirá condicionar la entrega de documentación académica al pago de colegiaturas pendientes del ciclo escolar, preponderando el derecho a la educación de los educandos frente al interés comercial de los proveedores de servicios”.
El dictamen “tiene como objeto incorporar a la Ley Federal de Protección al Consumidor las normas necesarias en materia de regulación de los servicios educativos que prestan los particulares, para:
· Considerar a los particulares que presten servicios educativos como proveedores;
· Informar a los padres, tutores o estudiantes, antes de la inscripción, el costo total de los servicios prestados;
· Prohibir que se condicione la entrega de documentación académica al pago de contraprestación económica alguna y el incremento de colegiaturas durante el ciclo escolar”.
Resaltó que también “se busca solucionar la problemática que enfrentan, día a día, cerca de cinco millones de estudiantes pertenecientes al sistema privado de educación. Cabe destacar que la inversión en educación privada en México corresponde al uno por ciento del Producto Interno Bruto y existen 43 mil escuelas de educación privada, en las que las familias mexicanas destinan 14 por ciento de sus ingresos al pago de este tipo de instrucción”.
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