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Violencia filio-parental.
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*Se trata de un fenómeno en el que un hijo exhibe conductas de maltrato contra sus progenitores, explicó
| | 16 Jul 2023
“En los últimos años, el aumento de casos de violencia filio-parental en México han ido en aumento, lamentablemente se trata de un fenómeno poco estudiado, debido a que no está tan visibilizado como otros actos de la violencia intrafamiliar, lo que impide que se tomen las medidas pertinentes para prevenir y sancionar dichas conductas”, alertó el diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández.
El parlamentario por Coahuila explicó que la violencia filio-parental es aquella a través de la cual un hijo exhibe conductas de maltrato contra sus progenitores y se da generalmente cuando se trata de adultos mayores imposibilitados para ser independientes, ya sea por su avanzada edad, porque padecen alguna enfermedad crónica o viven con alguna discapacidad.
Abundó que actualmente no existe una disposición jurídica específica que permita, en primer término, reconocerla como una modalidad propia y autónoma de violencia y, en segundo lugar, que permita disponer acciones concretas para poder hacerle frente.
Ante ello, el integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) propone reformar el Código Penal Federal, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, para incorporar en la legislación nacional esta figura e imponer sanciones a quien ejerza este tipo de violencia.
“Comete el delito de violencia filio-parental quien ejerza toda forma de violencia física, psicológica y/o económica reiterada en contra de sus padres y/o madres o ascendientes directos en línea recta y se le impondrá de uno a seis años de prisión y perderá los derechos de herencia y donación por parte la víctima. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado”, detalló.
Finalmente, Moreno Hernández comentó que las modificaciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, tienen carácter preventivo, debido a que plantea que cuando se encuentren involucrados menores de edad en este tipo de violencia, se privilegiarán las medidas dirigidas a la protección, que le permitan reintegrarse eficazmente a la familia y a la sociedad, teniendo como último recurso las medidas punitivas de internamiento y semi-internamiento previstas en la Ley.
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