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Foto: Blas Buendía .
*Riesgos para peatones y conductores de vehículos *Indemnización por baches en la CDMX
Blas A. Buendía . | Ciudad de México | 01 Feb 2025
Graves caídas de ciclistas, motociclistas, peatones que han sufrido la exposición de fracturas en pies, piernas y manos, la descompostura de automóviles y camiones de carga pesada, y un sinfín de incidentes, son provocados principal y permanentemente en la Ciudad de México, el riesgo de caer un bache los cuales se han transformado en auténticas trampas mortales.
Sumado a lo anterior, el deterioro de la infraestructura urbana, sobre todo los inefables agujeros en las transitadas vialidades, tiene un significado tanto social como político que, para hacerle un reclamo de reparación de daños al gobierno, “está en chino”, porque los afectados tienen que acreditar que fueron víctimas del atrapamiento de hasta hoyancos.
La multiplicidad de baches en avenidas y freeways puede interpretarse de varias maneras, todas las cuales pueden afectar negativamente la imagen de una ciudad como la de México: impacto en la percepción de la ciudad; falta de mantenimiento; un bache puede sugerir que el Gobierno-Ciudad, no se preocupa por mantener las infraestructuras básicas en óptimas condiciones, lo que genera una percepción de descuido y abandono.
Al respecto, el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su espacio Así es el Derecho, analiza los impactos que surgen con base a lo anterior, denominándolo “Indemnización por baches en la CDMX”.
Un problema sobre otro problema…
El mal estado de las vialidades en la Ciudad de México (CDMX) es serio problema, pues a cualquier hora del día relentiza el tránsito diario del considerable número de vehículos que hay y también ocasiona los perjudiciales embotellamientos, lo que significa que se desenvuelve “un problema sobre otro problema…”
Las malas condiciones del arroyo en calles y avenidas se deben, entre otras causas, a la falta de mantenimiento, razón de la gran cantidad de baches que hay a lo largo del camino por el que se circule en cualquier zona de la gran urbe.
A ese problema contribuyen el tránsito de unidades pesadas y el tráfico de otras unidades, las lluvias y la erosión, fundamentalmente lo primero, pues provoca ondulaciones en el arroyo, que en la erosión y la lluvia convierten en baches.
Los baches obligan al Estado a gastos no programados porque el daño que causan a las unidades de los ciudadanos y/o a éstos configura la responsabilidad patrimonial para el propio Estado, y la administrativa para el servidor púbico que omita el reencarpetamiento asfáltico o la reparación de baches.
De acuerdo con el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, corresponde a la Dirección General de Servicios Urbanos, entre otras funciones, establecer los criterios y normas técnicas para la conservación y mantenimiento del alumbrado público, la infraestructura y equipamiento urbano, y de todos los elementos que determinan la funcionalidad e imagen de la red vial primaria, vías rápidas y ejes viales.
Sin embargo, el Estado tiene la responsabilidad de cubrir los daños causados a los vehículos de los particulares por la falta de mantenimiento a las calles y a las vialidades con baches,
El procedimiento para solicitar la indemnización es:
Este profesional realizará el peritaje y guiará al interesado en el proceso de reclamo. También indicará los documentos requeridos, que pueden ser copias de la tarjeta de circulación, la licencia de conducir, del comprobante de domicilio, la factura del vehículo, la identificación oficial y la cotización de reparación de un taller autorizado.
Se recomienda tomar fotos de los daños y del entorno del incidente, para tener evidencia clara.
Una vez entregada la documentación, las autoridades iniciarán un proceso de dictamen que tomará aproximadamente 10 días. Pasado este periodo, el gobierno de la CDMX deberá cubrir la indemnización por los daños al vehículo.
La indemnización no sólo cubre los daños causados por baches, sino también los ocasionados al caer en coladeras, rejillas o socavones no señalizados por las autoridades. En casos de desacuerdo, vehículos foráneos o lesiones, el proceso puede extenderse de uno a tres meses.
La Secretaría de Obras y Servicios (Sobse) aclara que la reclamación no será válida si el conductor se encontraba en estado de ebriedad o bajo el uso de psicotrópicos o debido a que cometió infracciones al reglamento de tránsito vigente.
Para despejar cualquier duda o para pedir aclaración respecto de la documentación citada, la Sobse pone a disposición los números telefónicos 5649-5453 y 5649-1883, extensiones 11 y 14.
Así es el Derecho, concluyó el magistrado Élfego Bautista Pardo, Titular de la Tercera Ponencia de la Quinta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el también magistrado en materia penal, Rafael Guerra Álvarez.
Reportero Free Lance*
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