Ante el pleno del máximo órgano de gobierno de la Universidad, el rector Leonardo Lomelí Vanegas afirmó que esta reforma se trabajó de manera muy exhaustiva por la Comisión de Legislación Universitaria y privilegió la búsqueda de consensos.
La aprobación de este paquete de modificaciones “representa un avance muy importante en nuestro sistema disciplinario y quedan plenamente salvaguardadas las libertades de expresión, de manifestación y de asociación en nuestra Universidad”, recalcó.
En sesión ordinaria se dio primera lectura de los cambios a los artículos 93, 95, 97, 98, 99 y 100, del Título Sexto del Estatuto General, los cuales fueron aprobados en sesión extraordinaria.
Se estableció que los casos de indisciplina que involucren a niñas, niños o adolescentes se atenderán con perspectiva de infancia y adolescencia y con un enfoque de justicia adaptada.
Al artículo 95 del Estatuto General, el cual indica las causas especialmente graves de responsabilidad, aplicables a todos los miembros de la Universidad, se agrega el “vender, proporcionar u ofrecer gratuitamente a otras personas en los recintos universitarios sustancias consideradas por la ley como estupefacientes o psicotrópicos, o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que los utiliza”.
El artículo 99 detalla que el Tribunal Universitario conocerá exclusivamente de las faltas a la legislación universitaria presuntamente cometidas por el personal académico y el alumnado, y describe que éste se integrará por una sala, una presidencia, una secretaría y áreas de apoyo.
Respecto a la persona titular de la presidencia indica que será designada por la Comisión de Legislación Universitaria del Consejo Universitario, de una terna propuesta por el Consejo Técnico de la Facultad de Derecho. Su cargo será por cuatro años.
Antes ocupaba este encargo la persona de mayor antigüedad de los profesores del Consejo Técnico de la misma Facultad.
Esta es una modificación fundamental, pues crea un proceso de designación específico de la presidencia del Tribunal, cuya persona titular estará al frente de un equipo especializado con atribuciones reglamentadas.
Destaca la decisión de incorporar al Tribunal dos vocalías permanentes especializadas en género, que intervendrán específicamente en los casos de violencia en este ámbito.
El máximo órgano colegiado también aprobó el Estatuto del Tribunal Universitario y su Reglamento que norman su composición, funcionamientos, así como los procedimientos a seguir en la aplicación de la disciplina universitaria, garantizando la seguridad jurídica de todas las partes implicadas.
Avaló además el Reglamento de la Comisión de Honor del CU, órgano competente para revisar las decisiones del Tribunal Universitario, regulando procedimientos a seguir y dando certeza jurídica.